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El mercader del interés. Recordando la justicia Shakesperiana

PORCIA.- Te pertenece una libra de carne de ese mercader: la ley te la da y el tribunal te la adjudica.SHYLOCK.- ¡Rectísimo juez!PORCIA.- Y podéis cortar esa carne de su pecho. La ley lo permite y el tribunal os lo autoriza.SHYLOCK.- ¡Doctísimo juez! ¡He ahí una sentencia! ¡Vamos, preparaos!PORCIA.- Detente un instante; hay todavía alguna otra cosa que decir. Este pagaré no te concede una gota de sangre. Las palabras formales son estas: una libra de carne. Toma, pues, lo que te concede el documento; toma tu libra de carne. Pero si al cortarla te ocurre verter una gota de sangre cristiana, tus tierras y tus bienes, según las leyes de Venecia, serán confiscados en beneficio del Estado de Venecia.GRACIANO.- ¡Oh, juez íntegro! ¡Adviértelo, judío! ¡Oh, recto juez! SHYLOCK.- ¿Es ésta la ley?PORCIA.- Verás tú mismo el texto; pues, ya que pides justicia, ten por seguro que la obtendrás, más de lo que deseas. GRACIANO.- ¡Oh, docto juez! ¡Adviértelo, judío! ¡Oh, recto juez! SHYLOCK.- Acepto su ofrecimiento, entonces; páguenme tres veces el valor del pagaré y déjese marchar al cristiano.BASSANIO.- Aquí está el dinero.PORCIA.- ¡Despacio! El judío tendrá toda su justicia. ¡Despacio! Nada de prisas. No tendrás nada más que la ejecución de las cláusulas penales estipuladas.GRACIANO.- ¡Oh, judío! ¡Un juez integro, un recto juez!PORCIA.- Prepárate, pues, a cortar la carne; no viertas sangre y no cortes ni más ni menos que una libra de carne; si tomas más o menos de una libra precisa, aun cuando no sea más que la cantidad suficiente para aumentar o disminuir el peso de la vigésima parte de un simple escrúpulo; más aún: si el equilibrio de la balanza se descompone con el peso de un cabello, mueres, y todos tus bienes quedan confiscados.GRACIANO.- ¡Un segundo Daniel, judío, un Daniel! Aquí os tengo ahora, en la cadera, pagano.PORCIA.- ¿Por qué se detiene el judío? Toma tu retractación. SHYLOCK.- Dadme mi principal y dejadme partir.BASSANIO.- Tengo el todo preparado para ti; aquí está.PORCIA.- Lo ha rehusado en pleno tribunal. Obtendrá justicia estricta y lo que le conceda su pagaré.GRACIANO.- ¡Un Daniel, te lo repito, un segundo Daniel! Te doy las gracias, judío, por haberme enseñado esa palabra.SHYLOCK.- ¿No conseguiré pura y simplemente mi principal? PORCIA.- No tendrás sino la retractación estipulada, para que a tu riesgo la tomes, judío.SHYLOCK.- Pues bien; entonces que el diablo le dé la liquidación. No quedaré aquí más tiempo discutiendo.PORCIA.- Aguarda, judío; la ley tiene todavía otra cuenta contigo. Está establecido por las leyes de Venecia que si se prueba que un extranjero, por medios directos o indirectos, ha buscado atentar contra la vida de un ciudadano, una mitad de sus bienes pertenecerá a la persona contra la cual ha conspirado, y la otra mitad al arca reservada del Estado, y que la vida del ofensor dependerá enteramente de la misericordia del dux, que podrá hacer prevalecer su voluntad contra todo fallo. He aquí, a mi juicio, el caso en que te encuentras, porque es evidente, por tus actos manifiestos, que has conspirado directa y también indirectamente contra la vida misma del demandado, e incurrido, por tanto en la pena precedentemente enunciada por mí. Arrodíllate, pues, e implora la clemencia del dux.

El anterior extracto de la obra Shakesperiana “El mercader de Venecia” nos lleva a la paradoja de una situación jurídica actual. Directamente podemos identificar a la figura de Shylock con cualquier entidad financiera y la figura de Antonio como la de cualquier consumidor y el Dux la de un tribunal de justicia al efecto nombrado.

Con esas precisiones ya podemos imaginarnos el supuesto de hecho.

Antonio acude a Shylock a pedir un préstamo, el cual éste accede a conceder, previa firma de un contrato con una serie de cláusulas preestablecidas. Ante ante el impago de cualquiera de los plazos de devolución acordados, Shylock acude al Dux a fin de dar por liquidado el contrato y ejecutar a fin de recobrar lo que le pertenece más los daños y perjuicios que considera que le pertenecen. Ahora bien, ante este supuesto, ¿podemos decir incurre en negligencia Shylock cuando concedió de una manera indiscriminada un crédito a favor de un Antonio?

Negligencia, negligencia, no, pero sí que podríamos decir temeridad, o, en otros términos, le puede la avaricia de sacar un mayor rendimiento a lo que ya posee. Y es que si Shylock actuase diligentemente se habría preocupado de reunir y conservar todas aquellas pruebas necesarias que garantizasen el cumplimiento de las obligaciones que tiene de información, así como dotar a Antonio de todas las explicaciones necesarias para evitar el desconocimiento de éste de las condiciones por las que firmaba el préstamo.  ¿Y cuáles son esas obligaciones?

Pues tal como recoge el artículo 8 de la Directiva 2008/48, “el prestamista está obligado a evaluar la solvencia del consumidor, sobre la base de una información suficiente, facilitada en su caso por el consumidor y, cuando proceda, basándose en la consulta de la base de datos pertinente”. En este extremo, como ha razonado el Gran Dux (STJUE 18 Diciembre 2014 C-449/13) “Los prestamistas deben tener la responsabilidad de controlar individualmente la solvencia del consumidor y que se les deberá permitir servirse de la información facilitada por el consumidor no sólo durante la preparación del contrato de crédito, sino también durante toda la relación comercial”.

Con esa obligación se pretende responsabilizar a los prestamistas y evitar, en primer lugar, la concesión de préstamos a consumidores insolventes; en segundo lugar, la inversión de la carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones de información y explicación para que no recaiga en el consumidor, lo que perjudica la efectividad de la propia Directiva.

¿Y qué es lo que sucede en estos casos?

Pues simplemente que si bien Shylock acude al Dux a recobrar lo que legítimamente le pertenece, puede encontrarse como lo que inicialmente le pertenece, pudiendo ser legítimo, puede volverse en contra por no cumplir con todas aquellas obligaciones que le competían haber cumplido. Si es que ya lo estableció Shakespeare, si quieres ejecutar lo que acuerdas, más vale que te hayas asegurado las vías y métodos para obtenerlo.

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