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Foto del escritorXavier Pineda Buendia

Las promesas de contratos laborales


Man and handshake

Le voy a hacer una oferta que no podrá rechazar…

Si recibimos un mensaje de ese extremo, no quiere deberíamos alertarnos, salvo que el emisor del mismo sea Vito Corleone, aunque quien sabe! Los indicadores económicos nos resaltan que parece que algo se mueve en el mercado laboral y la tendencia del desempleo, al menos eso parece, es descendente.

Mientras algunos sacan pecho y el mercado laboral empieza a resurgir, algunas empresas ofrecen a sus candidatos una oferta de trabajo constituida mediante un precontrato.


El precontrato laboral


Por precontrato laboral entendemos toda aquella promesa de contratación o pactum de contrahendo (el latín es algo mas cool), es decir, constituye un contrato consensual en el que, al amparo del 1262 CC, concurre una oferta seria de trabajo y su aceptación recíproca. Esta definición que podemos encontrar en cualquier manual de derecho, debe ser ampliada por la interpretación dada por los tribunales. Éstos exigen para la existencia de esta figura que a través de un pacto “las partes dejan para el futuro la celebración del contrato definitivo, pero habiendo señalado los elementos y circunstancias el contrato pues mostraron una decidida voluntad de celebrar un auténtico contrato que de momento no pudieron actuar sino para cuando venza su término”.


En otros términos, se trata de un acuerdo de contrato futuro, un contrato para mañana y su objeto no es la prestación de servicios a cambio de un salario, sino las condiciones que regirán el futuro contrato de trabajo, por lo que no existe contrato de trabajo alguno.


El Contrato de trabajo de ejecución diferida 


Otra cosa diferente es lo que llamamos el contrato de trabajo de ejecución diferida. En este caso, si que existe un contrato de trabajo propiamente dicho y con todos sus elementos, pero el inicio del mismo queda sujeto a la consecución de un término o una condición; en otras palabras, dejamos ya hecho lo que harás cuando pase algo.


El precontrato laboral y el contrato de trabajo de ejecución diferida como dos figuras autónomas dentro del derecho contractual del trabajo

Y como hablamos de dos figuras completamente diferentes, tenemos dos tipos diferentes de consecuencias jurídicas. Así, mientras que en el contrato de trabajo de ejecución diferida, una vez cumplida la condición, son exigibles todas las cláusulas contractuales y se aplican conforme a la normativa laboral; el precontrato no es un contrato de trabajo, por lo que no se le aplica la legislación laboral y su incumplimiento no da lugar a las consecuencias establecidas en ella, sino que se aplicará la legislación civil en materia de obligaciones y contratos para determinar el alcance de ese incumplimiento y sus efectos.

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