Real Decreto Ley 12/2021, sobre la bajada de la luz
25-06-2021
Como consecuencia a la situación de precios crecientes en el mercado eléctrico que se produce en el contexto de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 y que afecta, en mayor medida, a la actividad económica y al incremento del número de consumidores vulnerables (económicamente), la electricidad tiene un peso mayor en la cesta de consumo de las viviendas con menor renta, y su incremento provoca efectos regresivos perjudicando a la ciudadanía en general y, en especial, a quienes tienen menor renta.
Consecuentemente, con efectos del próximo sábado 26 de Junio de 2021 y hasta el día 31 de diciembre de 2021, resultará de aplicación el tipo del 10% del IVA para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
a) Titulares de contratos de suministro de electricidad, con una potencia contratada inferior a 10kW, con independencia de la tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45€/MWh.
b) Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, conforme al Real Decreto 897/2017 de 6 de octubre.
Puedes leerlo íntegro en este enlace:
https://boe.es/boe/dias/2021/06/25/pdfs/BOE-A-2021-10584.pdf